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Ley 27.424: guía práctica para que tu empresa genere su propia energía y cobre por los excedentes

La generación distribuida creció un 92 % en Argentina durante 2024. La pregunta ya no es si el modelo funciona — es cómo tu empresa puede subirse a él.

Si tu empresa tiene consumo eléctrico significativo en Cuyo o Córdoba, la Ley 27.424 te permite instalar un sistema solar fotovoltaico, abastecer tus propias operaciones y vender los excedentes a la distribuidora local a una tarifa garantizada por ley. El modelo se llama generación distribuida (GD) y ya está activo en todo el país.

En esta guía te explicamos qué es exactamente, qué pasos implica y por qué el momento actual — con tarifas en alza y el RIMI vigente — hace que el análisis financiero cierre mejor que nunca.

¿Qué es la generación distribuida bajo Ley 27.424?

La Ley 27.424 de Generación Distribuida de Energías Renovables permite que cualquier usuario conectado a la red eléctrica instale un sistema de generación propio — solar fotovoltaico, en la gran mayoría de los casos — y que la energía que genera en exceso se inyecte a la red de distribución local.

A cambio, la distribuidora (Edemsa en Mendoza, EPEC en Córdoba, entre otras) te abona esa energía a una tarifa de retribución reconocida por ENRE o el ente regulador provincial. En términos simples: generás, usás lo que necesitás y cobrás por lo que sobra.

Los usuarios habilitados bajo esta ley se denominan MATER o usuarios GD y pueden ser residenciales, comerciales, industriales o agropecuarios. Para empresas medianas y grandes de Cuyo y Córdoba, es el marco legal que habilita la inversión en autoabastecimiento solar con retorno garantizado

¿Por qué 2026 es el mejor año para dar el paso?

Tres factores se alinean hoy de forma inédita:

  • Tarifas en alza sostenida. Las distribuidoras han aplicado aumentos superiores al 20 % en los últimos doce meses. Cada aumento tarifario mejora el retorno de tu inversión solar porque amplía la brecha entre lo que pagás a la red y lo que te cuesta el kWh autogenerado.

  • RIMI en vigencia. El Decreto 242/2026 habilitó la devolución anticipada de IVA a 90 días y la amortización acelerada de Ganancias en 2 años para proyectos de eficiencia energética y energías renovables. El Estado subsidia indirectamente entre un 20 % y un 35 % de tu inversión.

  • Financiamiento disponible. BICE, BAPRO y varios bancos privados tienen líneas verdes activas para proyectos renovables con tasas subsidiadas. Un proyecto solar puede estructurarse sin desembolso total de capital propio.

Los 5 pasos del proceso de GD para empresas

Paso 1 · Diagnóstico de consumo

El primer paso es analizar tu perfil de consumo eléctrico: factura de luz de los últimos 12 meses, potencia contratada, horarios de mayor demanda y características del espacio disponible para los paneles (techo, suelo, estacionamiento). Con esa información se define la potencia óptima del sistema.

Paso 2 · Diseño del sistema y simulación financiera

Con el diagnóstico en mano, el equipo técnico diseña la planta solar a medida y produce una simulación financiera que muestra: inversión total, ahorros mensuales proyectados, recupero de inversión (típicamente 4 a 7 años) y flujo de caja a 25 años.

Paso 3 · Tramitación ante la distribuidora

El instalador habilitado gestiona el expediente técnico ante la distribuidora local (Edemsa, EPEC u otras). Incluye planos del sistema, especificaciones del inversor bidireccional y documentación del medidor de doble lectura. El plazo habitual de aprobación varía entre 30 y 90 días según la distribuidora.

Paso 4 · Construcción e instalación

Una vez aprobado el expediente, el instalador ejecuta la obra civil y eléctrica, instala los paneles y el inversor, y realiza las pruebas de puesta en marcha. El tiempo de construcción de una planta entre 100 kWp y 500 kWp oscila entre 4 y 8 semanas.

Paso 5 · Conexión a la red e inicio de generación

Completada la instalación, la distribuidora instala el medidor bidireccional y habilita la inyección a la red. A partir de ese momento, tu empresa genera energía, la consume en sus operaciones y cobra por los excedentes que inyecta. El primer mes ya registra ahorro en la factura.

 

¿Qué perfil de empresa aprovecha mejor este modelo?

  • Consumo mensual superior a 5.000 kWh (factura de luz relevante).

  • Espacio disponible: techo industrial, suelo en planta, estacionamiento o campo.

  • Horizonte de inversión de mediano plazo (la planta produce 25 años).

  • Sectores con alta exposición al costo energético: bodegas, olivícolas, agroindustria, metalmecánica, alimentos, logística, centros de distribución, hoteles y retail.

Solcor: de la asesoría a la inyección a la red


En Solcor diseñamos, construimos y operamos plantas solares para empresas bajo Ley 27.424. Tenemos 11 años de experiencia, más de 200 MWp construidos en cinco países y ya estamos operando en Argentina con nuestro primer proyecto en Mendoza.

El proceso es llave en mano: nos encargamos del diagnóstico, el diseño, los trámites ante la distribuidora, la construcción y el mantenimiento posterior. Un solo equipo, un solo contrato.

Pedí una asesoría gratuita y en pocas horas te decimos cuánto puede ahorrar tu empresa.

Te habilita a instalar paneles solares, consumir tu propia energía y vender o acreditar los excedentes a la red eléctrica. Es el marco legal que convierte a tu empresa en prosumidora: consumidora y generadora al mismo tiempo.

La ley es nacional, pero cada provincia debe adherir y reglamentarla. Mendoza, San Juan, San Luis y Córdoba ya tienen marcos vigentes. Antes de avanzar con un proyecto, verificamos el estado regulatorio de tu provincia.

Es el precio que la distribuidora te reconoce por la energía que volcás a la red. Se calcula en base a la tarifa de referencia definida por cada jurisdicción y se acredita como descuento en tu factura del mes siguiente.

La instalación solar puede ampliarse en etapas. Si tu consumo crece, podés escalar el sistema. La ley no limita el crecimiento; al contrario, te da flexibilidad para adaptar la generación a la demanda futura de tu empresa.

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